I. RÉGIMEN DE VISITAS
- ¿Quiénes pueden solicitar?
El régimen de visitas puede ser solicitado por la madre o padre que haya sido impedido de poder ejercer libremente el derecho de visitar a su hijo.
- ¿Qué se debe interponer?
El mecanismo legal idóneo para no poder ser privado de este derecho, es a través de una demanda de régimen de visitas, misma que debe contener:
- Copia de D.N.I.
- Copia de Acta o partida de nacimiento de los hijos.
- Demostrar con pruebas y/o medios fehacientes los impedimentos de visita.