I. TERCERÍA
A continuación, te explicamos qué es y contra que procede:
Según lo previsto en el artículo 533° del Código Procesal Civil Peruano, la demanda de tercería procede en:
Clases:
- Tercería de propiedad
- Tercería de derecho preferente.
La demanda deberá contener necesariamente:
- Documento público o privado de fecha cierta que acredite el derecho del demandante.
- Garantía suficiente para responder por los daños y perjuicios que se pudiera irrogar por la tercería.